La componen 158 artículos con 116 enmiendas incorporadas y se compromete con el desarrollo sostenible, la lucha contra el cambio climático y el desarrollo de la agenda 2030
El Pleno del Ayuntamiento de Gijón ha aprobado la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Esta normativa ha sido defendida por el equipo de Gobierno como un documento que armoniza los distintos usos de la vía pública para hacerlos compatibles y sustituye a la que estaba vigente desde el año 2002.
La componen 158 artículos con 116 enmiendas incorporadas y se compromete con el desarrollo sostenible, la lucha contra el cambio climático y el desarrollo de la agenda 2030. No solo será importante para reducir la contaminación atmosférica, también para otro tipo de contaminación como es la acústica.
Ha incorporado nuevas medidas que han sido acordadas con la plataforma ciudadana de afectados por dicha normativa y el grupo municipal de Ciudadanos, medidas que entrarán en vigor a partir de 2026 y que han logrado que la ordenanza sea de vanguardia, de ciudad, con un amplio apoyo y consensuada.
Para todas las vías de un único carril, la velocidad máxima queda fijada en 30 km/h. En las vías con más de un carril de circulación en alguno de sus sentidos, se limitará la velocidad a un máximo de 30 km/h en, al menos, uno de sus carriles. Para todas las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, la velocidad máxima queda fijada en 20 km/h.
Establece Caminos Escolares Seguros y los define como aquellos itinerarios continuos, especialmente diseñados y señalizados para garantizar la circulación segura y autónoma de los y las escolares, ya sea a pie o en bicicleta, desde su vivienda hasta los centros educativos. Para ello, podrán adoptarse medidas de control y limitación del aparcamiento y del tráfico motorizado en las calles de su entorno. El objetivo es convertir los entornos escolares en Áreas de Protección de la Salud de la Infancia.
A partir del 1 de enero de 2022, los vehículos sin distintivo ambiental no podrán estacionar en zona regulada. El tiempo máximo que un mismo vehículo puede permanecer estacionado de forma continuada en una misma plaza en zona naranja o azul, será de 5 días, salvo causa debidamente motivada.
Los propietarios de los coches de más de 30 años y aquellos que no tienen derecho a etiqueta ambiental podrán circular por el concejo con un límite de 2.500 kilómetros anuales y estacionar en aparcamientos subterráneos. Estos vehículos tendrán que hacer una solicitud rogada, acompañada de certificado de la ITV anual que marca el límite de kilómetros.
Las bicicletas circularán por la calzada, por carriles específicos o zonas habilitadas para tal fin. Al circular por la calzada, las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril que estén utilizando en ese momento. Se considera un modo de transporte sostenible, por tanto, su circulación tendrá carácter preferente.
Las bicicletas, ciclos, ciclomotores y motocicletas de dos ruedas, triciclos asimilables a motocicletas y vehículos de movilidad personal no podrán ser anclados a elementos de señalización, elementos vegetales, bancos, marquesinas ni a otros elementos de mobiliario urbano.
La autorización de la celebración de eventos culturales, deportivos, comerciales, sociales y de distinta naturaleza que supongan la afluencia masiva de participantes o visitantes exigirá la previa aprobación de un Plan de Movilidad del evento a propuesta de sus organizadores.
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