La Ordenanza se ocupa de las normas generales de circulación y seguridad vial, estableciendo criterios para la convivencia en los espacios públicos, la limitación de velocidad, la seguridad vial, etc.
El pleno del Ayuntamiento de Castellón ha aprobado inicialmente la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible. El texto se expondrá al público durante un plazo de 30 días y se entenderá definitivamente aprobado en caso de que no se presenten reclamaciones en ese plazo. "Castellón dispondrá así de la primera normativa de movilidad sostenible que armoniza los distintos usos de la vía pública y los espacios urbanos", apuntó la alcaldesa de Castellón, Amparo Marco. Una ordenanza que "presta especial atención a los peatones, ciclistas y vehículos de movilidad personal, y pone el acento en las personas con movilidad reducida, el transporte público,
"Esta es una ordenanza que defiende una ciudad que fomenta la creación de espacios verdes, la circulación de bicicletas y de vehículos de movilidad personal y, sobre todo, una ciudad que prioriza la creación de zonas peatonales en la que las personas seamos l 'eje de las políticas públicas", ha explicado en la sesión plenaria el concejal de Movilidad Sostenible, Jorge Ribes. "Esta ordenanza pasará a ser un texto de referencia en materia de movilidad en Castellón, ya que en ella se encuentran reguladas la mayoría de las cuestiones que afectan a movilidad y vía pública dentro del ámbito local; y será también un texto de referencia de las políticas que impulsa este gobierno en materia de movilidad para avanzar en un modelo de ciudad sostenible, verde, amable y peatonal", ha apuntado.
El texto adapta la normativa de Tráfico a las particularidades de Castellón y es de aplicación en todo el término municipal, en las vías urbanas y en las interurbanas cuya competencia hubiera sido cedida al Ayuntamiento. En su articulado, la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible se ocupa de las normas generales de circulación y seguridad vial, estableciendo criterios para la necesaria convivencia en los espacios públicos, la limitación de velocidad en el casco urbano y los principales criterios de vigilancia y control de la seguridad vial. También aborda la circulación de vehículos a motor, estableciendo las restricciones a la circulación de vehículos pesados, las normas de circulación para motocicletas, ciclomotores y bicicletas junto a las de los vehículos de movilidad personal.
Desarrolla, asimismo, las normas generales sobre la circulación de peatones, las zonas de especial protección para el peatón, las zonas 30 y las de espacio compartido, las zonas de bajas emisiones y la regulación de las zonas peatonales uso restringido. También recoge la distribución urbana de mercancías y las normas generales sobre carga y descarga. Además, regula las medidas de promoción del transporte público, especial o transporte de mercancías peligrosas, así como el servicio de bicicleta pública municipal y servicios privados de arrendamiento, tanto de bicicletas como de vehículos de movilidad personal.
Establece los criterios para la emisión de las tarjetas de movilidad reducida, así como los de la parada, estacionamiento y estacionamiento regulado; y los usos temporales de la vía pública. Recoge asimismo el régimen sancionador, las responsabilidades y la clasificación de las sanciones.
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