La Junta de Gobierno local ha abierto una consulta preliminar al mercado, previa al procedimiento de contratación, para la gestión integral e inteligente del alumbrado público
La Junta de Gobierno local, reunida en el Salón de Plenos, ha abierto una consulta preliminar al mercado, previa al procedimiento de contratación, para la gestión integral e inteligente del alumbrado público, de los edificios e instalaciones municipales, el despliegue y operación de la red abierta e interoperable de internet de las cosas y la innovación de los servicios municipales para su desarrollo verde y digital.
El objetivo es preparar correctamente la licitación de este contrato financiado a través del Fondo Europeo de Eficiencia Energética, informar a los operadores económicos acerca de los planes y requisitos que se exigirán, así como promover la participación y concurrencia de personas físicas y jurídicas con el objeto de recabar información para una mejor preparación del expediente de contratación. Las propuestas servirán para evaluar la capacidad del mercado y definir las especificaciones técnicas y funcionales y los criterios y condiciones a concretar en los pliegos, es decir, servirán para comprobar que no son limitantes a la concurrencia y que son acordes a las opciones y disponibilidades del mercado. Se trata de facilitar la adaptabilidad, la coherencia, la máxima concurrencia y comprobar que los presupuestos estimados son acordes a los precios del mercado según los diferentes operadores económicos.
La consulta preliminar estará abierta durante un plazo de 60 días naturales desde su publicación en la plataforma de contratación del Estado. Durante este periodo se podrá solicitar la participación en la realización de pruebas de compatibilidad poniendo a su disposición el laboratorio de la Cátedra Gijón Smart Cities y el espacio DemoLAB de alumbrado; también la información necesaria para que realicen las adaptaciones a sus dispositivos que permitan la interoperabilidad, utilizando para ello el protocolo 6LoWPAN, la red municipal de internet de las cosas y la plataforma de ciudad.
Se establecen dos lotes claramente diferenciados en el contrato cuyo valor se establece en 158.911.331’05 euros (IVA no incluido) y una duración de 15 años. Al lote 1, para la gestión integral e inteligente del alumbrado público, de los edificios y las instalaciones municipales, el despliegue y operación de la red abierta e interoperable de internet de las cosas y la innovación de los servicios municipales para su desarrollo verde y digital, le corresponden 139.592.099’80 euros. Al lote 2, propio de la gestión de energía térmica con aprovisionamiento de combustibles y mantenimiento con garantía total de las instalaciones, le corresponden 19.319.231’25 euros. Tras la consulta, se podría configurar un lote único con la totalidad de las prestaciones ya que es una de las cuestiones que se pregunta al mercado.
Se podrán enviar varias propuestas o sucesivas versiones de una misma propuesta pero se debe tener en cuenta cada nueva versión enviada sustituye íntegramente a la anterior.
Una vez finalizada la consulta, se publicará, en el Perfil de contratante, un informe motivado con los resultados y conclusiones de la consulta efectuada, los estudios realizados y sus autores, las entidades consultadas, las cuestiones que se les han formulado y las respuestas a las mismas. Este informe formará parte del expediente de contratación a efectos de informar al mercado para que pueda preparar las ofertas a presentar a la licitación, facilitar la planificación, la reducción de riesgos y la adecuación de los pliegos. La participación no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de la licitación y adjudicación del contrato, ni la obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas. En ningún caso durante el proceso de consultas, el órgano de contratación revelará a los participantes en el mismo las soluciones propuestas por los otros participantes.
Todo el proceso se regirá bajo los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, sin que puedan tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos.
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